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© ASOCIACIÓN EMPRESARIAL GALEGA DE CENTROS ESPECIAIS DE EMPREGO SEN ÁNIMO DE LUCRO
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Si eres un centro especial de empleo de iniciativa social debes presentar:
Solicitud
mediante escrito dirigido al Presidente de la Junta Directiva de CEGASAL.
Copia de los Estatutos de la Entidad solicitante debidamente registrados.
Acreditar la Condición y la cualificación de Centro Especial de Empleo, de acuerdo con la normativa vigente en cada momento. (Certificado de la cualificación de CEE emitido por la Comunidad Autónoma, junto con copia de los Estatutos del Centro Especial de Empleo debidamente registrados, ya sea Registro del Ministerio del Interior, Registro de Asociaciones, Registro Mercantil, etc.)
Certificación del Acuerdo de integración tomado por el órgano de gobierno del solicitante, con mención expresa de la representación de la persona que firme la solicitud.
Procedimiento de admisión
Recepción de la Solicitud y comprobación de que cumple las condiciones para ser miembro y aporta la solicitud debidamente cumplimentada y la documentación correspondiente para ello.
La Junta aceptará o denegará la incorporación en el plazo máximo de dos meses, desde la recepción de la solicitud, basando su decisión en el estricto cumplimiento de los requisitos estatutariamente establecidos. Si en el plazo establecido no se hubiese resuelto, se entenderá admitida la solicitud, salvo posterior ratificación por Asamblea General.
Posteriormente se ratificarán en Asamblea General.
Si la solicitud fuese denegada el solicitante tendrá derecho a presentar recurso ante el mismo órgano que denegó la solicitud (Junta Directiva) y en caso de que este sea desestimado, tendrá derecho a presentar recurso a la Asamblea General. El plazo para la interposición de estos recursos será de diez días hábiles desde la fecha de denegación.