INFORMACIÓN BÁSICA

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CEGASAL se rige por sus Estatutos, el artículo 22 de la Constitución Española, la Ley reguladora del Derecho de Asociación, la Ley General de Subvenciones y toda aquella legislación que afecta a la gestión y el desarrollo de actividades de la organización.

 

ECONOMÍA SOCIAL

CEGASAL forma parte de la Economía Social (ES) gallega; La Economía Social engloba un conjunto de actividades económicas y empresariales que en el ámbito privado llevan a cabo entidades que persiguen, bien el interés colectivo de las personas que la integran, bien el interés general económico o social, o ambos, mostrándose día a día como un actor fundamental en el desarrollo de la sociedad actual.

Las empresas de la Economía Social son muy variadas, y tienen diferentes estatutos jurídicos: cooperativas, sociedades laborales, sociedades agrarias de transformación, cofradías de pescadores, otras empresas de base asociativa e, incluso, sociedades mercantiles, a condición de que respeten y se rijan por los principios de la economía social.

La Economía Social surge para atender las necesidades del colectivo que integra las diferentes entidades o las necesidades colectivas, es decir, el interés general. Las empresas de la ES se fundamentan en dos ejes: por un lado, su objetivo último es la consecución de sus fines, siendo estos la atención de las mencionadas necesidades sociales, por encima de la búsqueda del capital; y, por otro lado, la primacía de las personas que tiene como consecuencia la toma de decisiones de forma democrática. Ambos ejes de funcionamiento llevan a que los resultados del ejercicio tengan como destinatario tanto el fin social como las personas integrantes en función del trabajo aportado.

 

LEYES DE ECONOMÍA SOCIAL

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